Judiciales y Policiales | 05/06

Definición de un jurado popular

Condenaron a prisión perpetua a femicida por un crimen en 2015

Condenaron a prisión perpetua a Celso Britte, declarado culpable por un jurado popular del delito de homicidio agravado por el vínculo, por ensañamiento y por haberse perpetrado en un contexto de violencia de género, por el crimen de su pareja Graciela Retamar en 2015.

La jueza técnica Matilde Federik, vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, impuso este martes la pena. El debate había comenzado el viernes de la semana pasada en el Salón de Actos del Superior Tribunal de Justicia (STJ), en los Tribunales de Paraná.

Tras conocerse el veredicto, la jueza dispuso que en la misma sala se efectuara la audiencia de cesura, durante la cual las partes -el fiscal Ignacio Aramberry y el abogado defensor Javier Aiani- expusieron sus argumentos sobre la condena que debía recibir Britte.

Luego la jueza hizo un adelanto de sentencia y dispuso la prisión preventiva del imputado en la Unidad Penal de Paraná hasta tanto la sentencia adquiera firmeza. Britte había llegado al juicio en libertad, por lo que quedó detenido en el acto.

La lectura de la sentencia y sus argumentos se realizará el próximo 11 de junio a las 12, informó el Servicio de Información y Comunicación del Poder Judicial. Se trató del juicio por jurados 89 que se realizó en Entre Ríos desde la entrada en vigencia de este sistema de juzgamiento penal.

El femicidio

El Ministerio Público Fiscal imputó a Britte que el 12 de marzo de 2015 le aplicó golpes en los muslos, en la región lumbar lateral, en la región torácica posterior derecha y en los pabellones auriculares a Graciela Itatí Retamar, a quien luego le prendió fuego en la vivienda donde convivían, ubicada en las calles Pronunciamiento y Número 921, de la ciudad de Paraná.

Trasladada con el 60 por ciento de su cuerpo quemado al Sanatorio Güemes, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Retamar falleció seis días después.

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