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Por medio del Decreto 1.703/2024
Más presión tributaria en Concordia: el intendente Azcué aumentó las multas por incumplimientos en el Código Tributario Municipal
Por medio del Decreto 1.703/2024, con fecha 16 de diciembre de 2024 y publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el intendente de Concordia, Francisco Azcué, estableció un nuevo régimen sancionatorio en materia tributaria, con multas actualizadas que oscilan entre 5.000 y 40.000, dependiendo de la infracción y del tipo de contribuyente, para quienes incumplan sus deberes formales ante la Dirección General de Rentas.
La medida regula los nuevos montos que deberán abonar las personas humanas y otros contribuyentes, como sociedades, cooperativas y fideicomisos, en caso de incumplir con los deberes previstos en el Código Tributario Municipal. Esta medida se enmarca en los artículos 22° a 25°, 42° y 43° del Código Tributario Municipal, además de la Ordenanza 38.538 y pretende actualizar las normativas que regulan las sanciones tributarias, adecuándolas a las necesidades actuales de control fiscal.
Las sanciones oscilan entre 5.000 y 40.000, dependiendo de la infracción y del tipo de contribuyente. “Con esta actualización, se busca fortalecer su sistema tributario municipal y garantizar una mayor transparencia y eficiencia en la relación con los contribuyentes”, precisa el Decreto.
Entre las obligaciones sujetas a sanción se encuentran:
Inscripción ante la dirección general de rentas:
-Inscripción voluntaria: 5.000 para personas humanas y 10.000 para el resto de los contribuyentes.
-Inscripción a requerimiento: 10.000 y 20.000, respectivamente.
Presentación de declaraciones juradas y datos fiscales:
-Multas de 10.000 a 20.000 por incumplimientos relacionados con la tasa comercial y otras obligaciones tributarias.
Comunicación de inicio o cese de actividades y cambios de domicilios:
-Sanciones de 10.000 a 20.000 según el tipo de contribuyente.
-Las multas más altas se aplicarán en casos como el no emitir facturas (hasta 40.000) o no responder pedidos de informes en tiempo y forma (hasta 30.000).
El decreto también contempla una reducción del 50 por ciento en las multas si el contribuyente subsana su falta y realiza el pago dentro de los 15 días posteriores al vencimiento de la obligación.
Según el texto publicado ayer en el Boletín Oficial, la normativa actualizada aplica a personas humanas, así como a una amplia gama de entes económicos, incluyendo sociedades comerciales, asociaciones civiles, cooperativas, mutuales y fideicomisos. Para casos no previstos específicamente, las sanciones serán cinco veces el mínimo correspondiente de la Tasa Comercial.
Desde el Ejecutivo se señala que el objetivo del nuevo régimen no es aumentar la recaudación, sino fomentar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y ordenar el sistema fiscal. “El sistema busca corregir conductas y facilitar la tarea de verificación y percepción de los gravámenes”, finaliza el informe.